viernes, 6 de septiembre de 2019

REVES A 63 LEGISLATURA

OJO VISOR
Jacinto López Cruz
Jaclop62@hotmail.com

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)  invalidó ayer un precepto de la Constitución Política del Estado de Tabasco que reducía hasta en un cincuenta por ciento el financiamiento público a los partidos políticos, articulo que fue modificado en septiembre del año pasado por la 63 legislatura local como parte de la Austeridad Republicana, por lo que esta nulificación representa un serio revés para el Congreso local, porque queda estipulado que es inconstitucional la aprobación que realizaron.
En el boletín oficial número 132/2019 de la SCJN se establece con claridad del porque invalidan el artículo 9 de la Constitución Política local que fuera modificado por los legisladores del Congreso local compuesto en su mayoría por integrantes del partido Morena,  “El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el artículo 9, apartado A, fracción VIII, inciso a), de la Constitución del Estado de Tabasco, que establecía una forma de cuantificar el financiamiento público de los partidos políticos distinta a la prevista en la Ley General de Partidos Políticos, sin distinguir entre partidos políticos nacionales y locales, es inconstitucional.
La SCJN reiteró que de conformidad con el artículo 116, fracción IV, de la Constitución General, los Estados no tienen libertad configurativa absoluta para reglamentar el financiamiento público que les corresponde a los partidos políticos locales.
En efecto, la SCJN recordó que si bien los Estados tienen cierta libertad configurativa para regular el financiamiento público estatal para los partidos políticos nacionales, en el caso del financiamiento de partidos locales, relativo al sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes, deben estarse a lo dispuesto en la Ley General de Partidos Políticos, la cual establece detalladamente la forma de calcular dicho financiamiento”
las Acciones de inconstitucionalidad 100/2018 y sus acumuladas 102/2018, 103/2018 y 104/2018, fueron promovidas por la Procuraduría General de la República y los partidos políticos de la Revolución Democrática (PRD), Revolucionario Institucional (PRI y Verde Ecologista de México (PVEM), demandando la invalidez del artículo 9, apartado A, fracción VIII, inciso a), de la Constitución Política del Estado de Tabasco, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad el 13 de octubre de 2018, mediante Decreto 004.
La iniciativa de modificación al artículo 9 de la Constitución Política del Estado de Tabasco fue promovida precisamente por la banda mayoritaria de Morena para estar acorde a la promoción presidencial de Austeridad Republicana y supuestamente para que los recursos económicos sean aplicados a favor de los mas pobres, pero en los hechos la actual legislatura ahorro internamente cerca de 90 millones de pesos correspondientes a 2018, sin que hasta la fecha la presidencia de la Junta de Coordinación Política haya informado a la opinión pública, como o en que se gastaron o invirtieron los recursos públicos al apretarles el cinturón a todos en dicha legislatura.
La revocación que realiza la Suprema Corte a la ilegal reforma que realizó el Congreso local, es una sonora bofetada en pleno rostro de quienes por pretender mas papista que el papa, no miden las consecuencias de sus actos, y no checan jurídicamente las contradicciones que en la materia que van a reformar, cuales podrían ser las consecuencias legales o políticas, de tal manera, que aunque ahora protesten y salten los legisladores morenistas promotores de esta reforma, con el revés que le propinó la Corte quedan mal, parados, por la mala asesoría jurídica que tienen.
Al restablecerse la vigencia de la redacción anterior del articulo 9 de la Constitución Política de Tabasco, el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco tendrá que calcular el financiamiento con la fórmula anterior y por ende, repartir más de 91 millones de pesos en este 2019, recursos económicos que tendrán que salir de las arcas públicas para dar cumplimiento a esta nueva disposición y para que en lo sucesivo los legisladores sean más cuidadosos en cuanto a las reformas constitucionales que realicen como a las demás leyes locales pues les pueden sobr3evenir otros reveses por legislar a la ligera o porque simplemente están constituidos en una agencia de trámites que aprueban los dictámenes sin modificarles una coma.
Este serio revés al Congreso local, no es propio del Partido Revolucionario Institucional como falsamente están promoviendo, pues también el acto de inconstitucionalidad de la legislatura fue presentado ante la Suprema Corte por la anterior Procuraduría General de la República, como por el Partido Verde y de la Revolución Democrática, que logran un triunfo en detrimento de los legisladores locales, por lo que al pretender un solo partido adjudicarse el triunfo, eso significa un agandallamiento.
Este revés al Congreso local también podría ser el preludio de lo que viene en torno a la llamada “Ley Garrote” que ya fue impugnada por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación al considerar que las reformas  que realizó el Congreso local al Código Penal viola la libertad de tránsito, la libertad de  libre manifestación y la libertad de expresión, consagradas en la Constitución a la cual se contrapone y por la cual la Suprema Corte podría dar un revés no solamente al Congreso sino al gobierno estatal por ser el promotor de dichas modificaciones que fueron severamente cuestionados a nivel nacional, y de la que todavía se sigue hablando.
La invalidación que realizó la Suprema Corte al artículo 9 de la Constitución que había reformado el Congreso local, bien se pudo haber evitado, si los super asesores de la Junta de Coordinación Política, hubiesen buscado o cotejado otras modificaciones similares en otros estados del país, por lo que se hubieran encontrado que en agosto de 2017, por unanimidad, los ministros de la Corte le dieron de palos al Congreso de Yucatán  al anularse una reforma idéntica o similar.
Luego, entonces, con esto que pasó en Yucatán en 2017, se demuestra que en el Congreso de Tabasco se actúa a la ligera, no se documentan, no leen, no analizan, solamente  modifican, derogan o se aprueban dictámenes al vapor, por consigna, sin darle el debido sustento jurídico que se requiere para que no sea sujeto a impugnaciones, por eso es que se dice que el Congreso es una simple oficina de tramitaciones del Ejecutivo,  por lo que ya se verá cual será la suerte que corra la famosa “Ley Garrote” del que se dice que también es inconstitucional porque se contrapone a la Constitución. 
Al conocerse del revés que le propinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación al Congreso local, la dirigencia estatal de Morena fijó un posicionamiento: “El día de hoy 05 de septiembre de 2019-ayer-, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió, que el Congreso local de Tabasco no cuenta con facultades para reducir el financiamiento público a los partidos políticos. Es de hacer notar que esta medida ha aplicado para los cuatro partidos que actualmente cuentan con registro en el Estado, incluido por supuesto Morena.
1.- La iniciativa que dio origen a esta reforma fue presentada por la bancada del partido Morena en el Congreso del Estado, y el dictamen presentado al pleno por las comisiones dictaminadoras fue *votado a favor por unanimidad*, es decir, por todas y todos los diputados de la LVIII Legislatura. Sin embargo, en una clara muestra de incongruencia, el PRI el PRD y el PVEM impugnaron la reforma. Esto hace más que evidente el doble discurso con el que se conduce la oposición, cuando queriendo quedar bien con la ciudadanía tabasqueña votan a favor de la reforma y posteriormente la impugnan. 2.- Esta resolución, más allá de que esté apegada al derecho, es a todas luces inmoral e injusta y contraria a los intereses de la ciudadanía tabasqueña. El 1 de julio de 2018 las y los mexicanos votamos por una propuesta que considere por encima de todo, el bienestar de los más necesitados, para que los recursos públicos sean utilizados para programas y proyectos que beneficien directamente a la población. Morena sostiene: *no más pueblo pobre, con gobierno y partidos políticos  ricos*
3.- Queda a juicio del pueblo de Tabasco, la calificación ética de esta resolución de la SCJN y de los partidos políticos que la promovieron, ya que por una parte apoyan la reforma pero por otra insisten en mantener el régimen de privilegios que tanta desigualdad y pobreza ha generado”, hasta ahí la versión de este partido.
Lo cierto de todo esto, es que la 63 legislatura recibió un serio revés ´por parte de la SCJN, y que el gobierno estatal tendrá que entregarle al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana los recursos económicos que como prerrogativas de ley, tienen que reembolsarle a los partidos políticos que le tumbaron el 50 por ciento, por lo cual se calcula que oscila en 90 millones de pesos.
                                                 OJITOS
La diputada local de Morena, Karla María Rabelo Estrada, lamentó que partidos políticos hayan politizado la próxima revisión de la cuenta pública del 2018 del ex-gobernador del estado, Arturo Núñez Jiménez.
Dijo que aún las Comisiones Inspectoras de Hacienda van a iniciar con el trabajado de revisión documental de las cuentas públicas de los tres Poderes del Estado, 17 municipios y órganos desconcentrados, así como la revisión física de las obras para poder fijar una conclusión de las mismas, por lo que sería  una irresponsabilidad anunciar el sentido del voto en el pleno de sesiones cuando no se ha revisado la documentación enviada por el Órgano Superior de Fiscalización del Estado (OSFE), ya que todo  lleva su tiempo, por "lo que se tiene hasta diciembre para dictaminar las cuentas públicas". "Por lo pronto esperamos los informes del OSFE para revisar, analizar y formar criterios sobre el caso", sostuvo.
La legisladora reiteró que la oposición ha politizado la calificación de la cuenta pública del 2018 del ex-gobernador del estado Arturo Núñez Jiménez;  bueno, a la legisladora no le debe de extrañar que las cuentas públicas se politicen, porque precisamente todos los actores políticos quieren llevar agua a su molino o su causa, por lo tanto la calificación de las cuentas públicas no es nada mas legal sino político.
                                       VISORCITO
No sólo Amet Ramos Troconis, último titular de Finanzas en el sexenio de Arturo Núñez Jiménez, es responsable del desfalco financiero a Tabasco, sino cada uno de quienes fueron secretario de estado, hasta la propia presidenta del DIF, Martha Lilia López Aguilera, señaló diputado local del PRI, Nicolás Bellizzia Aboaf.
Adelantó que el voto de su bancada será en contra de la aprobación de la cuenta pública del 2018 del ex-gobernador del estado, Arturo Núñez Jiménez, ya que su partido político no dejará pasar nada de irregularidades, dado que es una exigencia de la ciudadanía el castigar a quienes han hecho mal uso de los recursos públicos.
"Ni partido ha sido puntual en señalar que la cuenta pública del 2018 del ex gobernador del estado Arturo Núñez Jiménez, debe ser reprobada, por todo lo que se vivió el año pasado en materia de salud, educación y pagos a los burócratas", puntualizó el legislador priista, quien se pronunció por hacer una revisión exhaustiva a la cuenta pública del ex-mandatario "porque seguramente saldrán más irregularidades".


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